Órganos Unipersonales de Gestión Universitaria

La Rectora o Rector tiene competencia para configurar la estructura orgánica necesaria para acometer las competencias que le corresponden conforme a lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de Granada, a propuesta de los titulares de los órganos unipersonales de gobierno y representación que integran su equipo de gobierno. Todos estos órganos se crean al amparo del artículo 29.2 de los Estatutos de la Universidad de Granada exclusivamente como órganos de colaboración del órgano unipersonal de gobierno al que se adscriben. Son órganos de gestión universitaria.

Por otra parte, con el tiempo se han producido toda una serie de cambios en la enseñanza universitaria abriéndose nuevas vías y complejos procesos para la acreditación y verificación de las titulaciones de grado, posgrado y doctorado; la valoración de la calidad de las mismas; etc.; lo que ha dado lugar a la necesidad de creación de otros órganos unipersonales de coordinación de las distintas titulaciones. En concreto: la coordinación de Máster; la coordinación de Doctorado; la coordinación de Grado.

Forma de presentación de las propuestas

La Escuela Internacional de Posgrado propondrá a la Rectora o Rector el nombramiento de la Coordinadora o Coordinador de un Programa de Doctorado, que deberá ser personal docente e investigador, con vinculación permanente a la Universidad de Granada, acreditado con, al menos, dos periodos de investigación y que haya dirigido, al menos, dos tesis doctorales.

En el caso de un Programa de Doctorado conjunto, la designación será fruto del acuerdo entre rectores.

Normativa reguladora

La Escuela Internacional de Posgrado propondrá a la Rectora o Rector el nombramiento de la Coordinadora o Coordinador de Máster Universitario, que será elegida por el claustro de profesores del Máster entre el personal docente e investigador con vinculación permanente a la Universidad de Granada.

En los Másteres Universitarios con orientación investigadora, la Coordinadora o Coordinador deberá tener, al menos, un sexenio de investigación reconocido.

Normativa reguladora

La Decana o Decano de Facultad o la Directora o Director de Escuela propondrá a la Rectora o Rector el nombramiento de una Coordinadora o Coordinador de Titulación de Grado, conforme a lo que establezca el Reglamento de Régimen Interno del Centro. Podrá asumir esta función cualquier docente adscrito a un ámbito con docencia en la titulación de Grado y cuya dedicación sea a tiempo completo o a tiempo parcial con la máxima dedicación posible. Queda excluido para asumir esta función el profesorado sustituto interino por sustitución.

Normativa reguladora