La Universidad de Granada, como responsable del tratamiento de datos personales que tenga lugar en el marco de su actividad y sus competencias, debe garantizar que se cumplan los principios establecidos en el Reglamento Europeo de Protección de Datos. Función que tiene encomendada a la Secretaría General, con el auxilio de la Oficina de Protección de Datos, y la asistencia, asesoramiento y supervisión de su Delegado de Protección de Datos.
Por ello, en el ejercicio de estas responsabilidades, informa a la comunidad universitaria que el uso de herramientas digitales implica el tratamiento de los datos personales. Por esta razón, la comunicación del profesorado con los y las estudiantes a quienes imparte docencia debe realizarse a través de los medios informáticos institucionales habilitados al efecto por la Universidad (PRADO y/o correo electrónico institucional) y, en ningún caso, a través de aplicaciones informáticas de mensajería no institucionales (Whatsapp, Telegram, etc.) o redes sociales.
Los grupos que pueda crear el estudiantado deben quedar reservados a su esfera personal, y no utilizarse por parte del PDI como instrumento de comunicación académica.
Asimismo, se recomienda al estudiantado que utilice las herramientas digitales que proporciona la UGR para su comunicación a efectos académicos, tanto con sus compañeros como con el PDI, desaconsejándose por lo tanto el uso de herramientas y redes sociales privadas para finalidades académicas.
Por otro lado, se recuerda que la Universidad de Granada forma parte desde 2022 del Pacto Digital para la Protección de las Personas promovido por la AEPD, asumiendo el compromiso de combatir la violencia digital, especialmente contra las mujeres y colectivos más vulnerables por razón de edad, género o discapacidad.
En coherencia con ello, se recuerda que las conductas realizadas a través de herramientas digitales que sean contrarias a la igualdad, discriminatorias, de acoso, violentas o, en definitiva, que atenten contra derechos fundamentales, pueden ser constitutivas no sólo de una infracción del Reglamento de Convivencia de la Universidad y régimen disciplinario de su estudiantado (https://secretariageneral.ugr.es/sites/webugr/secretariageneral/public/inline-files/BOUGR/193/CABECERAS%20193_1.pdf [1]), sino también, en caso de que tuvieran lugar a través del uso de herramientas digitales o dispositivos móviles, un tratamiento ilícito de datos personales, y que todo ello podrá conllevar las consecuencias legales (civiles, penales y administrativas) y disciplinarias que, en su caso, procedan.
Finalmente, se recuerda que la Agencia Española de Protección de Datos dispone de un canal prioritario para denunciar y solicitar la retirada inmediata de contenidos que atenten gravemente contra los derechos y libertades, o la salud física y/o mental de las personas afectadas: https://www.aepd.es/canalprioritario [2].
Para mas información sobre estas cuestiones, pueden ponerse en contacto tanto con la Oficina de Protección de Datos (@email), como con el Delegado de Protección de Datos (@email) y con la Comisión de Convivencia (https://sede.ugr.es/procs/Comunicaciones-con-la-Comision-de-Convivencia/) de la Universidad de Granada.
Enviado el 5 junio a infougr@listas.ugr.es y infoalumnos@listas.ugr.es