Procedimiento de elección del Defensor Universitario 2019


Acuerdo de la Mesa del Claustro de la Universidad de Granada de 15 de noviembre de 2019

Dado que se ha producido el vencimiento de mandato en el cargo de Defensor Universitario y es el Claustro el órgano competente para su elección, la Mesa del Claustro ha decidido determinar el procedimiento concreto y el calendario para proceder a la elección por el Pleno de Defensor o Defensora.

El apartado 2 del artículo 43 del Reglamento de Régimen Interno del Claustro Universitario, que regula la elección del Defensor o Defensora Universitaria, establece que “las candidaturas habrán de ser avaladas por, al menos, el 15% de los claustrales”.

En relación al aval de las candidaturas se acuerda lo siguiente:

  • 1. Se establece un “documento normalizado de aval de candidatura” , al que se habrá de acompañar copia del DNI o documento equivalente, salvo que el aval se realice conforme a lo indicado en el punto cuatro de este acuerdo.

  • 2. Cada candidatura deberá ser avalada por, al menos, 40 miembros del Claustro (se considera que la mayoría absoluta es de miembros, excluidas las vacantes).

  • 3. Cada claustral podrá avalar cuantas candidaturas desee.

  • 4. La recogida de avales mediante firma electrónica debe entenderse válida siempre que se ajuste a lo dispuesto por el texto consolidado de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. En consecuencia, las firmas deberán realizarse con un certificado electrónico de los reconocidos por la Sede electrónica de la UGR, es decir, Certificado Digital de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (FNMT Clase 2 CA) o Documento Nacional de Identidad (DNI-e).

  • 5. La presentación de candidaturas , acompañada de copia del DNI o documento equivalente, junto con los correspondientes avales, se realizará en el Registro General de la Universidad de Granada (Hospital Real) o en los Registros Auxiliares ubicados en los Campus de Ceuta o Melilla, desde el día 18 de noviembre hasta las 14 horas del día 2 de diciembre de 2019.

  • 6. La Mesa del Claustro es el órgano competente para decidir sobre la validez de los avales.

La Mesa del Claustro acuerda asimismo que la elección por el Pleno del Claustro tendrá lugar en el mes de diciembre de 2019.

La Secretaria General
María Asunción Torres López