Resolución por la que se suspenden los plazos de pago de precios públicos y sus efectos

Jue, 06/05/2021 - 13:38
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13/04/2020
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Título completo: Resolución de la Rectora de la Universidad de Granada, de 11 de abril de 2020, por la que se suspenden los plazos de pago de precios públicos y sus efectos

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La Rectora de la Universidad de Granada, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el que se establece en su Disposición Adicional Tercera la suspensión de términos y la interrupción de plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público; lo dispuesto en la Resolución de la Rectora, de 15 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas de emergencia tras la declaración del estado de alarma por el Real Decreto 463/2020, en la que se resuelve la suspensión de los plazos administrativos de conformidad con lo dispuesto en dicho Real Decreto; y conforme a la Resolución de la Rectora, de 30 de marzo, por la que se acuerda mantener las medidas adoptadas en su Resolución de 15 de marzo, tras la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma, y con el objetivo de reforzar la protección de los derechos de los estudiantes y sus familias,

HA RESUELTO:

Primero. Suspender el cómputo de plazos recogidos en el artículo 22 de la Resolución de la Rectora de la Universidad de Granada de 16 de julio de 2019, por la que se dictan normas para la formalización de la matrícula correspondientes al curso 2019/2020, durante el periodo en el que se mantenga el estado de alarma para los pagos de matrícula de Grado, Máster Universitario y Doctorado cuyo vencimiento tenga lugar durante ese periodo.

Segundo. Suspender los procedimientos de requerimiento de pago de los plazos vencidos e impagados a los que se refiere el artículo 23 de dicha la Resolución, siendo de aplicación las siguientes medidas:

  • No proceder al bloqueo informático del expediente del estudiantado afectado.

  • Se desbloqueará el expediente del estudiantado al que se le hubiere tramitado el desistimiento de matrícula con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma, siempre que a dicha fecha no se hubiese agotado el plazo para la interposición del recurso de alzada.

Tercero. Esta Resolución estará vigente hasta la fecha que deje de tener efecto la suspensión de términos y la interrupción de plazos establecida por el Real Decreto 463/2020 o sus prórrogas. Los plazos se reanudarán una vez finalice el estado de alarma.

 

Pilar Aranda Ramírez

 

Rectora
 

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