Resolución de la Rectora sobre acreditación de desplazamientos al puesto de trabajo

Jue, 06/05/2021 - 13:07
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18/03/2020
Hospital Real

Resolución de la rectora de la universidad de granada de 17 de Marzo de 2020 por la que se establece el procedimiento de acreditación de desplazamientos al lugar de trabajo en cumplimiento del real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis ocasionada por el covid-19

Resolución en PDF firmada digitalmente

Anexo I: Formulario de acreditación

Ver también: Comunicado al PDI de 30/03/2020 sobre solicitud de permiso de acceso a dependencias de la UGR

Tras la declaración por parte del Gobierno de la Nación del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo) se ha impuesto la limitación de la libertad de circulación de las personas.

La Rectora, a tenor de lo dispuesto en la Resolución de la Rectora de 15 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas tras la declaración del estado de alarma por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y al objeto de acreditar ante las autoridades competentes los desplazamientos con motivo de la prestación de servicios de carácter presencial en la Universidad de Granada, HA RESUELTO:

  1. Todo el personal que por motivos justificados tenga que desplazarse a su centro de trabajo deberá contar con la oportuna ACREDITACIÓN, que solicitará a su Responsable. Entendiendo por Responsable a los efectos de este procedimiento, el Director de Departamento o, en su caso, Instituto, para el caso de personal docente e investigador, el Investigador Principal en el caso de personal investigador, o el Jefe de Servicio, Administrador o Responsable de Área en el caso de personal de administración y servicios.

  2. Establecer un modelo de único de acreditación de desplazamiento por motivos de trabajo (Anexo I de esta resolución).

  3. La petición de acreditación, que deberá cumplimentarse en todos sus campos, será tramitada OBLIGATORIAMENTE por el Responsable, mediante su envío a las siguientes direcciones de correo electrónico:

    • PDI: Al Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador: @email

    • PAS. A la Gerencia: @email

  4. El traslado de la petición por parte del Responsable llevará implícita la autorización a que el personal a su cargo preste sus servicios presencialmente, ya sea con carácter permanente o puntual, por ser necesaria su presencia para garantizar la actividad docente e investigadora, o por estar incluida su Unidad en el Plan de Atención al Usuario de Servicios Esenciales.

  5. Se emitirá de oficio dicha acreditación a todas las personas con responsabilidad en la gestión que han sido declaradas en situación de GUARDIA LOCALIZADA.

La Rectora

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Formulario de acreditación (documento PDF) 148.19 KB