Nueva redacción de la previsión contenida en el Procedimiento para la Evaluación de la Calidad de la Actividad Docente del Profesorado de la Universidad de Granada, aprobada por el Consejo de Gobierno el 4 de febrero de 2008, en relación con la “pre

(Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de abril de 2008 )

Presentación y resolución de recursos de alzada

Los/as profesores/as podrán presentar recurso de alzada ante el Rector contra la resolución de la Comisión de Evaluación durante el tiempo habilitado para ello.

El recurso será valorado por la Comisión de Garantía de la Calidad de la UGR, presidida por el Rector e integrada por seis miembros más de la comunidad universitaria elegidos por el Consejo de Gobierno, que se pronunciará transcurrido al menos un mes desde la presentación de los recursos, tras lo cual el Rector dictará la resolución en congruencia con lo que indique la Comisión, poniendo fin así al procedimiento interno, informando al interesado y a la Comisión de Evaluación. Se modificará la resolución de evaluación en los casos en que corresponda, incorporándose dicha modificación al “Expediente de Evaluación de la Actividad Docente del Profesor/a”.