Derechos y Obligaciones

Derechos de las Asociaciones Universitarias

Las asociaciones declaradas universitarias tendrán los siguientes derechos:

  1. usar la mención “universitaria” junto a su denominación y usar el nombre y logotipo de la UGR en los anuncios de sus actividades.
  2. solicitar ayudas para financiar sus proyectos y actividades en aquellas convocatorias de los Vicerrectorados o Centros de la UGR en las que se les incluya entre posible beneficiarios de las mismas.
  3. disponer, de acuerdo con la normativa de cesión de uso temporal de espacios de la UGR, de sus instalaciones y equipamientos.
  4. organizar cuantas actividades sean precisas para el cumplimiento de sus fines estatutarios.
  5. fijar su sede social en los centros de la Universidad.

Obligaciones de las Asociaciones Universitarias

Serán obligaciones de las asociaciones declaradas universitarias, las siguientes:

  1. observar la normativa propia de la UGR y el resto de legislación aplicable a las actividades que desarrolle.
  2. mantener los requisitos exigidos para su reconocimiento como asociación universitaria y comunicar a la UGR cualquier variación en los requisitos de los que depende dicha condición.
  3. elaborar una memoria anual de las actividades realizadas que deberá presentarse en la Secretaría General a principio de cada año.
  4. en caso de recibir subvención económica por parte de la UGR, justificar la aplicación de la misma a la actividad para la que fue concedida, conforme a las reglas de la convocatoria en que haya sido obtenida la ayuda.