Claúsula de confidencialidad en convocatorias

A continuación se facilita el texto que debe aparecer en el  pié de la convocatoria a la reunión de cualquier órgano colegiado de la Universidad de Granada. 

"Cláusula de confidencialidad:

Salvada la debida transparencia o publicidad de la que puedan ser objeto el orden del día y los acuerdos alcanzados por este órgano, se recuerda que está prohibida la cesión, comunicación o difusión a terceros de los documentos e información a los que se tenga acceso en calidad de miembro o invitado a éste órgano, especialmente aquellos que contengan datos personales; no pudiendo conservarse, ni utilizarse esa información para otros fines, ni por más tiempo del estrictamente necesario para cumplir con la finalidad que justifica su remisión a los miembros del órgano correspondiente.

Del incumplimiento de estos deberes será responsable la persona que los infrinja.

El presente deber de confidencialidad se mantendrá aun cuando hubiese finalizado la relación de la persona convocada con la Universidad de Granada. (artículo 5.1.f) del Reglamento (UE) 2016/679 y artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018)"