Ayudas a la formación de investigadores

(Investigación y transferencia)

 

Finalidad del tratamiento:

La finalidad del tratamiento es gestionar las ayudas a la formación de investigadores en la Universidad de Granada.

Los usos que se dan a los datos personales son:

• Gestión de las distintas convocatorias y programas de ayudas de iniciación a la investigación.

   
 

Base jurídica del tratamiento

Art. 6.1. e) RGPD: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos al responsable de la gestión de la investigación (fomento de la investigación científica y técnica, el desarrollo experimental y la innovación).

- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

- Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

   
 

Descripción de los interesados

-Personal investigador y estudiantes, personal externo que colabore en proyectos.

   
 

Procedencia de los datos

- Propio interesado.

   
 

Descripción de datos personales

Datos de carácter identificativo: DNI/NIF o documento equivalente, nombre y apellidos, firma, teléfono, dirección, correo electrónico.

Datos académicos y profesionales: historial académico e investigador, experiencia profesional, número de la Seguridad Social/Mutualidad.

Datos de detalle de empleo: categoría y/o puesto de trabajo, antigüedad, situación administrativa.

   
 

Comunicaciones de datos

Publicación en la página web de la Universidad de Granada.

   
 

Transferencias internacionales

No se prevén.

   
 

Plazo previsto de conservación de datos

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

En todo caso, será de aplicación lo dispuesto, con carácter general, en la legislación de archivos para las Administraciones públicas (entre otras normas, Ley 7/2011, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía; Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español y Reglamento del Archivo Universitario de la UGR, aprobado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 27 de noviembre de 2008).En este sentido, se conservarán, con carácter indefinido, los documentos que contengan los datos personales necesarios para acreditar acreditar el periodo de disfrute de la ayuda.

   
 

Medidas de seguridad técnicas y organizativas

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de Seguridad de la Información de la Universidad de Granada (aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2022, BOUGR nº 186, de 3 de noviembre de 2022).

Asimismo, para datos en bases no centralizadas, se han definido unas medidas básicas de seguridad en el documento "Medidas de protección aplicadas en la Universidad de Granada para el tratamiento de información con datos personales", publicado en la web de Secretaría General.