Derecho de acceso a la información pública

(Gestión institucional) 

 

Finalidad del tratamiento:

La finalidad del tratamiento es atender las solicitudes de ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en la legislación en materia de transparencia.

El uso que se da a los datos personales es:

• Gestión de las solicitudes.

   
 

Base jurídica del tratamiento

 Art. 6.1. c) RGPD: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (atención a las solicitudes de ejercicio de derecho de acceso a la información pública).

- Ley 1/2014, de 1 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. - Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

   
 

Descripción de los interesados

- Ciudadanía en general.

   
 

Procedencia de los datos

Propio interesado.    
 

Descripción de datos personales

• Datos de carácter identificativo: DNI/NIF o documento equivalente, nombre y apellidos, firma, teléfono, dirección, correo electrónico.

   
 

Comunicaciones de datos

Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
 
   
 

Transferencias internacionales

No se prevén.    
 

Plazo previsto de conservación de datos

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. En todo caso, será de aplicación lo dispuesto, con carácter general, en la legislación de archivos para las Administraciones públicas (entre otras normas, Ley 7/2011, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía; Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español y Reglamento del Archivo Universitario de la UGR, aprobado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 27 de noviembre de 2008).​​​

   
 

Medidas de seguridad técnicas y organizativas

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de Seguridad de la Información de la Universidad de Granada (aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2022, BOUGR nº 186, de 3 de noviembre de 2022).

Asimismo, para datos en bases no centralizadas, se han definido unas medidas básicas de seguridad en el documento "Medidas de protección aplicadas en la Universidad de Granada para el tratamiento de información con datos personales", publicado en la web de Secretaría General.