Formación de personal

(Gestión de recursos humanos)

Finalidad del tratamiento

La finalidad del tratamiento es gestionar las acciones formativas destinadas al personal docente e investigador y de administración y servicios adscritos a la Universidad.

Los usos que se dan a los datos personales son:

  • Concesión de subvenciones para cursos de formación.
  • Control de asistencia.
  • Estudios estadísticos.
  • Expedición de certificaciones y diplomas.
  • Gestión de préstamo de materiales.
  • Grabación y visualización de sesiones docentes.
  • Inscripción en los cursos, seminarios, etc.
  • Seguimiento de expedientes de formación del personal.
  • Selección, gestión y evaluación de personal formador.

Base jurídica del tratamiento

  • Art. 6.1. b) RGPD: el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales (para formadores).
  • Art. 6.1. c) RGPD: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (formación del personal que presta servicios en la institución).
  • Art. 6.1.a) RGPD: el interesado ha prestado consentimiento (grabación y visualización de sesiones docentes).

- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

- Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades.

- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

- Ley 14/2001, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Descripción de los interesados

Personal de la Universidad de Granada y profesorado externo.

Procedencia de los datos

Propio interesado.

 

Descripción de datos personales

  • Datos de carácter identificativo: DNI/NIF o documento equivalente, nombre y apellidos, firma, teléfono, dirección, correo electrónico.
  • Datos académicos y profesionales: historial académico y profesional.
  • Datos de detalle de empleo: categoría y/o puesto de trabajo, antigüedad, situación administrativa.
  • Datos económicos, financieros y de seguro: datos bancarios.

Cesiones o comunicaciones de datos

No se prevén.

 

Transferencias internacionales

 

No se prevén.

Plazo previsto de conservación de datos

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

En todo caso, será de aplicación lo dispuesto, con carácter general, en la legislación de archivos para las Administraciones públicas (entre otras normas, Ley 7/2011, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía; Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español y Reglamento del Archivo Universitario de la UGR, aprobado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 27 de noviembre de 2008).

En este sentido, se conservarán, con carácter indefinido, los documentos que contengan los datos personales necesarios para acreditar realización de acciones formativas.

Medidas de seguridad técnicas y organizativas

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de Seguridad de la Información de la Universidad de Granada (Resolución del Rectorado de 18 de septiembre de 2013, modificada por Resolución del 21 de marzo de 2017).

Asimismo, para datos en bases no centralizadas, se han definido unas medidas básicas de seguridad en el documento "Medidas de protección aplicadas en la Universidad de Granada para el tratamiento de información con datos personales", publicado en la web de Secretaría General.