Listas de distribución

(Tecnologías de la información y la comunicación)

 

Finalidad del tratamiento:

La finalidad del tratamiento es gestionar las distintas listas de distribución institucionales, temáticas y de interés sindical en relación con la actuación académica y administrativa de la Universidad de Granada.

Los usos que se dan a los datos personales son:

• Altas y bajas de personal moderador autorizado.

• Inclusión de usuarios en las respectivas listas.

• Control de baja de usuarios.

   
 

Base jurídica del tratamiento

 Art. 6.1. a) RGPD: el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos (listas que no traen causa de la relación contractual).

 Art. 6.1. b) RGPD: el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales (listas que traen causa de una relación contractual).

   
 

Descripción de los interesados

Miembros de la comunidad universitaria y ciudadanía en general.

   
 

Procedencia de los datos

- Propio interesado.

   
 

Descripción de datos personales

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, correo electrónico.

   
 

Comunicaciones de datos

No se prevén.

   
 

Transferencias internacionales

No se prevén.

   
 

Plazo previsto de conservación de datos

Los datos se conservarán hasta la retirada del consentimiento o hasta que finalice la relación jurídica con el interesado y durante el tiempo necesario para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

En todo caso, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones (art.5).

   
 

Medidas de seguridad técnicas y organizativas

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de Seguridad de la Información de la Universidad de Granada (Resolución del Rectorado de 18 de septiembre de 2013, modificada por Resolución del 21 de marzo de 2017).

Asimismo, para datos en bases no centralizadas, se han definido unas medidas básicas de seguridad en el documento "Medidas de protección aplicadas en la Universidad de Granada para el tratamiento de información con datos personales", publicado en la web de Secretaría General.