Servicios TIC

(Tecnologías de la Información y la Comunicación)

Finalidad del tratamiento

 

La finalidad del tratamiento es gestionar los distintos servicios TIC ofertados a nivel institucional por la Universidad de Granada para los miembros de la comunidad universitaria y el personal invitado.

 

Los usos que se dan a los datos personales son:

  • Gestión de cuentas de acceso, de correo electrónico, de asignación de dominio, de alta y baja en las distintas aplicaciones centralizadas de gestión, etc.
  • Gestión de solicitudes de adquisición de dispositivos electrónicos, de conexión a la red, de alta y baja de terminales de telefonía, de servicio de videconferencia, de servicio de supercomputación, de repositorios documentales, de consigna de documentos, de autenticación de usuarios, de préstamo de material y dispositivos, de servidores web, etc.
  • Gestión de las “apps” institucionales de la universidad.
  • Gestión del servicio de cita previa (Cyges).
  • Servicio de reciclaje y de donación de material informático.
  • Gestión de las cuentas institucionales en redes sociales.
  • Monedero virtural UGR.

 

Base jurídica del tratamiento

 

  •  Art. 6.1. b) RGPD: el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.

 

Descripción de los interesados

Miembros de la comunidad universitaria y, en su caso, personal invitado.

Procedencia de los datos

 

Propio interesado.

 

Descripción de datos personales

  • Datos de carácter identificativo: DNI/NIF o documento equivalente, nombre y apellidos, firma, teléfono, dirección, correo electrónico, dirección IP, dominio asignado de Internet, imagen y voz.
  • Datos académicos y profesionales: titulación.
  • Datos de detalles de empleo: puesto de trabajo.

Cesiones o comunicaciones de datos

 

Cuenta institucional en redes sociales.

 

Transferencias internacionales

No se prevén.

Plazo previsto de conservación de datos

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

En todo caso, será de aplicación lo dispuesto, con carácter general, en la legislación de archivos para las Administraciones públicas (entre otras normas, Ley 7/2011, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía; Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico y Reglamento del Archivo Universitario de la UGR, aprobado en el  Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 27 de noviembre de 2008).

 

Medidas de seguridad técnicas y organizativas

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de Seguridad de la Información de la Universidad de Granada (Resolución del Rectorado de 18 de septiembre de 2013, modificada por Resolución del 21 de marzo de 2017).

Asimismo, para datos en bases no centralizadas, se han definido unas medidas básicas de seguridad en el documento "Medidas de protección aplicadas en la Universidad de Granada para el tratamiento de información con datos personales", publicado en la web de Secretaría General.