TVUGR. Difusión en video de la actividad Universitaria

(TVUGR. Difusión en video de la actividad Universitaria)

Finalidad del tratamiento

 

La finalidad del tratamiento es la divulgación de la actividad universitaria en su faceta institucional, científica, técnica, investigadora, cultural, deportiva, didáctica, académica y social de la comunidad universitaria de la Universidad de Granada, o de eventos que se realizan en nuestra sede universitaria, mediante su grabación y publicación.

Base jurídica del tratamiento

  • Art. 6.1. a) RGPD: el interesado dio su consentimiento, para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos, en su caso.
  • Art. 9.2. b) RGPD: el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación de petición de este de medidas precontractuales.
  • Art. 9.2. e) RGPD: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

-Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

Descripción de los interesados

Miembros de la comunidad Universitaria.

Personas externas a la comunidad Universitaria participantes en las actividades universitarias (conferenciantes, ponentes, deportistas).

 

Procedencia de los datos

  Propio Interesado.

 

Descripción de datos personales

  • Datos de carácter identificativo:  Nombre y apellidos,imagen, voz.
  • Datos academicos y profesionales: Titulación, centro/servicio, cargo o puesto.

 

Cesiones o comunicaciones de datos

- tv. ugr (dominio).

- dlstv.ugr.es (alojamiento y publicación).

- Canal UGR.

- Redes sociales de la Universidad de Granada (X, Facebook, Youtube, Instagram, Tik Tok, LinkedIn).

 

 

Transferencias internacionales

 

No se prevén.

Plazo previsto de conservación de datos

 

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

En todo caso, será de aplicación lo dispuesto, con carácter general, en la legislación de archivos para las Administraciones públicas (entre otras normas, Ley 7/2011, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía; Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico y Reglamento del Archivo Universitario de la UGR, aprobado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 27 de noviembre de 2008 y modificado parcialmente el 20 de diciembre de 2024).

Medidas de seguridad técnicas y organizativas

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de Seguridad de la Información de la Universidad de Granada (aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2022, BOUGR nº 186, de 3 de noviembre de 2022).

Asimismo, para datos en bases no centralizadas, se han definido unas medidas básicas de seguridad en el documento "Medidas de protección aplicadas en la Universidad de Granada para el tratamiento de información con datos personales", publicado en la web de Secretaría General.