La Mesa del Claustro Universitario en sesión de 12 de noviembre de 2024 ha acordado el procedimiento a seguir para la elección del Defensor o Defensora Universitaria.
Acuerdo de la Mesa del Claustro de la Universidad de Granada de 12 de noviembre de 2024:
Dado que se ha producido el vencimiento de mandato en el cargo de Defensor Universitario y es el Claustro el órgano competente para su elección, la Mesa del Claustro ha acordado el procedimiento concreto y el calendario de presentación de candidaturas para proceder a la elección por el Pleno del Claustro de Defensor o Defensora Universitaria.
Según el artículo 166.1 de los Estatutos de la Universidad de Granada, el Defensor Universitario será elegido por mayoría absoluta del Claustro, de entre los miembros de la comunidad universitaria de reconocido prestigio y trayectoria profesional acreditada.
El apartado 2 del artículo 43 del Reglamento de Régimen Interno del Claustro Universitario, que regula la elección del Defensor Universitario, establece que “las candidaturas habrán de ser avaladas por, al menos, el 15% de los claustrales”.
En relación al aval de las candidaturas se acuerda lo siguiente:
- Se establece un “documento normalizado de aval de candidatura” , que deberá venir firmado con Certificado Digital o Documento Nacional de Identidad (DNI-e). No se admitirá la firma con Adobe Acrobat.
- Cada claustral podrá avalar cuantas candidaturas desee.
- La "presentación de candidaturas" debidamente firmada, junto con los correspondientes avales de candidatura (apartado 1) deberán presentarse por Solicitud Genérica a través de la Sede Electrónica dirigidos a la Secretaría General desde el día 3 de diciembre hasta las 14 horas del día 12 de diciembre de 2024.
- La Mesa del Claustro es el órgano competente para decidir sobre la validez de los avales.
La Mesa del Claustro acuerda asimismo que la elección por el Pleno del Claustro Universitario está previsto para el 18 de diciembre de 2024.
La Secretaria General
María del Carmen García Garnica