Declaración de la Comisión Institucional “Granada Capital Europea de la Cultura 2031”

Jue, 11/02/2016 - 13:37
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11/02/2016
Reflejo del arco de columnas de la parte superior de unos de los patios del Hospital Real en el agua de la fuente central del patio

Reunida en la sede del Rectorado de la Universidad de Granada la Comisión Institucional “Granada Capital Europea de la Cultura 2031”, el jueves 11 de febrero de 2016, se ha hecho pública la siguiente Declaración de Intenciones.

DECLARACIÓN DE INTENCIONES

COMISIÓN INSTITUCIONAL “GRANADA, CAPITAL EUROPEA DE LA CULTURA 2031”

  • D. José Torres Hurtado, Excmo. Alcalde del Ayuntamiento de Granada
  • Dª. Sandra García Martín, Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada
  • D. José Entrena Ávila, Excmo. Presidente de la Diputación de Granada
  • Dª. Pilar Aranda Ramírez, Excma. Rectora Magnífica de la Universidad de Granada
  • D. José Carrasco Gabaldón, Teniente General Jefe del MADOC
  • D. Juan Manuel García Montero, Tercer Tte. Alcalde del Área de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Granada y Portavoz del Grupo Municipal Popular
  • D. Francisco Cuenca Rodríguez, Portavoz del Grupo Municipal Socialista
  • D. Manuel Olivares Huertas, Grupo Municipal Ciudadanos
  • D. Francisco Puentedura Anllo, Portavoz del Grupo Municipal IUAS-GPG
  • Dª. Marta Gutiérrez Blasco, Portavoz del Grupo Municipal Vamos Granada

Actuando en el ejercicio de sus competencias que les están legalmente atribuidas, reconociéndose recíprocamente capacidad y obligándose en los términos que contiene este documento para suscribir el presente Protocolo de Intenciones

EXPONEN

Primero.- En 1999 la UE estableció una acción comunitaria en favor de la manifestación “Capital Europea de la Cultura” destinada a resaltar la riqueza, la diversidad y los rasgos comunes de las culturas europeas, así como a promover una mayor comprensión mutua entre los ciudadanos europeos. Sucesivamente se han ido adoptando resoluciones que regulaban los procedimientos a seguir, siendo la última la acordada mediante Decisión nº 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece la acción relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para el periodo 2020-2033 (DOCE núm.57 de 3 de mayo de 2014 – L132), y se fijan las condiciones y los criterios que se van a seguir para presentar y designar ciudades que quieran optar a este reconocimiento. El nuevo protocolo recoge cómo será el proceso para que los Estados miembros preseleccionen y seleccionen a las ciudades que se postulen a la candidatura, estableciendo un calendario para cada país, correspondiéndole a España, junto a Malta, el año 2031.

Segundo.- Granada es una ciudad reconocida internacionalmente por su impresionante acervo histórico. Un profundo y arraigado legado que se revela en un rico patrimonio, en un profuso conjunto monumental tanto civil como religioso, en un pródigo elenco de tradiciones y costumbres, herencia de los numerosos pueblos que habitaron estas tierras y, en definitiva, en una cultura ligada, en sus raíces y manifestaciones, a todas las disciplinas vinculadas con el saber y el arte. Granada es, en esencia, cultura, una razón de ser que surgió en un enclave natural de singular belleza que atrajo el asentamiento de distintas civilizaciones y todas ellas, de una manera u otra, han dejado su huella en esta tierra, un hecho que ha convertido a Granada en una ciudad Universal.

El prestigio cultural de Granada quedó plasmado con la inclusión, en 1984, de la ciudad palatina de la Alhambra y los jardines del Generalife en el listado de la UNESCO como bienes Patrimonio de la Humanidad, y diez años más tarde con su extensión al barrio del Albaicín/Sacromonte. Unos reconocimientos que a finales de 2014, se ampliaron con el otorgamiento a Granada de la mención como “Ciudad de la Literatura” y, por tanto, su pertenencia a la Red de Ciudades Creativas. Todo ello sin olvidar que, en 2010, la UNESCO también concedió la distinción de Patrimonio Inmaterial al Flamenco, un arte que está muy presente en Granada y que supone un potente reclamo turístico.

El buen hacer y la complementariedad de las distintas administraciones e instituciones público-privadas serán necesarios para que Granada presente una nutrida y excelsa oferta cultural durante todo el año. Una programación que, encabezada por el Festival Internacional de Música y Danza (64ª edición, en la que se han dado cita lo más granado de la música sinfónica o el baile), acoge a un sinfín de festivales, certámenes, encuentros y exposiciones, en los que suele estar presente la Orquesta Ciudad de Granada que cumple ahora sus 25 primeros años de existencia. Un atractivo cultural y turístico que en los últimos años ha crecido con el reconocimiento en 2009 de la Semana Santa como Fiesta de Interés Turístico internacional, con la creación de la Ruta de la Dobla de Oro, gracias a la cual se puede disfrutar de un maravilloso itinerario monumental, con la inclusión de Granada en el recorrido de la ruta teresiana o, como se anunció hace pocos días, con la participación de Granada en el proyecto europeo “RenEU”, con la propuesta renacentista y cristiana “La Alhambra y la Granada Carolina: el sueño del Emperador”.

Otra dimensión notable a destacar es el hecho de que en 2031 se cumplirá el V Centenario de la Bula mediante la cual el Papa Clemente VII consolidó los estudios universitarios que el reino narazí iniciara en la Madraza en 1349, y que relanzó el Emperador Carlos I a partir de 1526. La profunda imbricación de la universidad con la ciudad es otro de los rasgos más singulares de Granada y fruto de ello es el amplio abanico de saberes académicos que actualmente acoge. En las aulas granadinas se han formado e impartido clases ilustres maestros que están presentes en todas las ramas del conocimiento, destacando en el campo de la medicina, la judicatura, las letras, las ciencias o las bellas artes.

Tercero.- El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Granada celebrado el 25 de septiembre de 2015 acordó una Moción Conjunta de los Grupos Municipales Popular, Socialista, Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía (C´s) e IUAS-GPG relativa a la solicitud de la Capitalidad Europea de la Cultura 2031.

En concreto, la Moción recogida por acuerdo del pleno Municipal de “trabajar a partir de este momento en la elaboración de un proyecto cultural que haga realidad la materialización de este objetivo con la participación de todos los estamentos sociales de la ciudad y la contribución de otras instituciones nacionales e internacionales, articulando a partir de este momento una acción conjunta que se asiente en impulsar la cultura como elemento vertebrador de la cohesión social y la cooperación institucional, así como expresión de la creación, la innovación, la producción y la transferencia del conocimiento a la Humanidad”.

Cuarto.- El Parlamento de Andalucía, a través de su Comisión de Cultura, aprobó el 30 de septiembre de 2015 una proposición no de ley relativa a apoyar la candidatura de Granada como Capital Europea de la Cultura 2031 (Diario de Sesiones del Parlamento núm. 60).

Quinto.- La propuesta que presentará la ciudad se enmarca en la “Estrategia Granada 2020: Haciendo Humano lo Urbano” redactada por el Consejo Social de la ciudad de Granada y que aprobó por unanimidad el Excmo. Ayuntamiento de Granada en el pleno de 24 de abril de 2014, y en el que la Cultura se configura como uno de los ejes estratégicos principales en los que debería proyectarse su desarrollo socioeconómico teniendo como meta la apuesta por la industria cultural. También dará respuesta a los objetivos que promueve la UE sobre la protección y promoción de la diversidad cultural, el fomento de la interculturalidad y la sensibilidad en cuanto valor de la diversidad, y la integración cultural en el plano local, nacional e internacional.

Sexto.- Al amparo de lo dispuesto por el artículo 6.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuanto a la posibilidad de que las instituciones puedan suscribir convenios de colaboración que establezcan “pautas de orientación política sobre la actuación de cada Administración en una cuestión de interés común o a fijar el marco general y la metodología para el desarrollo de la colaboración en un área de interrelación competencial o en un asunto de mutuo interés que se denominarán Protocolos Generales”.

Además será de aplicación lo recogido en el Capítulo VI de la Ley 40,2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm.: 236, de 2 de octubre) que hace referencia explícita a la consideración de los convenciones administrativos como acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las instituciones interesadas para mejorar la eficiencia de la gestión pública y facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos.

CLAÚSULAS

Primera.- Objeto y naturaleza de la Declaración

1º. Será objeto de este protocolo es la constitución por parte de todos los miembros presentes de la Comisión Institucional “Granada, Capital Europea de la Cultura 2031”.

La Comisión podrá proponer que otras instituciones públicas o privadas de especial trascendencia en la vida cultural y patrimonial de la ciudad puedan formar parte del proyecto mediante su adhesión a la presente Declaración.

2º. La finalidad de dicha Comisión será promover las acciones que se consideren pertinentes para la preparación y presentación oficial de la candidatura de la ciudad de Granada para su nombramiento como Capital Europea de la Cultura en el año 2031.

Segunda.- Organización, funcionamiento y participación ciudadana

3º. La Comisión estará presidida por el Alcalde de Granada.

4º. La secretaría técnica será nombrada por acuerdo de todos los miembros a propuesta del Ayuntamiento de Granada. Sus funciones serán de coordinación y asesoramiento a la Comisión Institucional para la correcta gestión de la candidatura.

De igual forma, si la Comisión requiriese para el desarrollo de sus actuaciones del trabajo de personal técnico adicional, éste será desempeñado primordialmente por empleados públicos de las administraciones e instituciones implicadas.

5º. La Comisión se compromete a llevar a cabo cuantas actividades de difusión e iniciativas de participación se estimen convenientes para dar a conocer ante la opinión pública esta iniciativa.

6º. Se crearán cuantos grupos de trabajo se consideren oportunos para promover líneas y acciones estratégicas que culminen en la redacción de un Plan de actuaciones para la consecución del objetivo de la designación de Granada como Capital Europea de la Cultura 2031. Dicho plan servirá de soporte a la solicitud que haya que presentar formalmente y responderá, en todo momento, a los criterios que la UE ha puesto de manifestado para la evaluación de las ciudades candidatas al mencionado reconocimiento internacional.

7º. Asimismo, se crearán espacios de encuentro y debate en la sociedad granadina que favorezcan el intercambio de pareceres, ideas y opinión que faciliten la redacción y, la posterior, presentación de mencionado Plan de actuaciones.

8º. En todo momento se procurará el consenso en la toma de decisiones y el reparto de responsabilidades entre las instituciones promotoras de la iniciativa.

9º. En la medida que el desarrollo del proyecto lo precise, se estudiará la eventual constitución de una entidad con personalidad jurídica propia que asuma la materialización del proyecto. En tal caso, se determinarán y fijarán los compromisos de financiación que se requieran para poder realizar las correspondientes actuaciones.

10º. Inicialmente el protocolo no conlleva compromisos monetarios por parte de las entidades que lo suscriben. En caso de que se requieran desembolsos económicos para el desarrollo de determinadas actividades se concretará la administración o institución que pueda asumirlas particularmente.

Tercero.- Vigencia y resolución

11º. El presente protocolo desplegará sus efectos desde el momento de su firma en la fecha que encabeza el documento, sin perjuicio de la tramitación que corresponde en el ámbito organizativo de cada una de las Administraciones Públicas firmantes del mismo para su ratificación.

12º. El acuerdo se prorrogará automáticamente cada año hasta que España resuelva la ciudad que será propuesta para ser designada como Capital Europea de la Cultura 2031, según el procedimiento establecido en los artículos 10 y 11 recogidos en la Decisión nº 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece la acción relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para el periodo 2020-2033.

13º. Cualquiera de las partes firmantes del presente protocolo podrá formalizar por escrito y comunicar al resto de los miembros con, al menos, seis meses de antelación, su renuncia a continuar en el proyecto sin que afecte a los compromisos que haya asumido con anterioridad.

14º. También, se podrá resolver este protocolo por incumplimiento prolongado de las cláusulas del mismo o por mutuo acuerdo entre todas las partes involucradas.

En prueba de conformidad y para debida constancia de lo convenido, las partes suscriben este documento en un solo efecto, que se firma y sella en Granada, a once de febrero de dos mil dieciséis.

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