Los Estatutos de la Universidad de Granada establecen en su artículo 4 que:
1. El Escudo y Sello de la Universidad de Granada es el de su fundador, el Emperador Carlos V, circundado por la siguiente leyenda: VNIVERSITAS GRANATENSIS 1531.
2. La denominación Universidad de Granada y sus siglas, así como sus emblemas y distintivos, pertenecen a su patrimonio y solo podrán ser utilizados por ella o por aquellos a quienes otorgue la correspondiente autorización.
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, en sesión ordinaria celebrada el 9 de mayo de 2005, aprobó la Normativa Reguladora de los Elementos Básicos de la Identidad Visual Corporativa, aplicable al conjunto de la Universidad de Granada en su actividad administrativa, organizativa y de gestión de Centros, Departamentos, Institutos y otros centros o estructuras administrativas.
La normativa pretende establecer una imagen corporativa que agrupe la identidad visual para lograr una mayor coherencia e integración en la percepción de la imagen de la Universidad de Granada. Los elementos básicos de la identidad corporativa serán:
- El escudo oficial, definido en los Estatutos de la Universidad de Granada: “El Escudo y Sello de la Universidad de Granada es el de su fundador, el Emperador Carlos V, circundado por la siguiente leyenda: UNIVERSITAS GRANATENSIS 1531” (sello y escudo en anexo).
- La leyenda “Universidad de Granada”.
- La marca “Universidad de Granada”.
- La marca UGR.
- La disposición espacial de elementos anteriores conforme al Manual de Identidad Corporativa.
La Normativa se aplicará a:
- La documentación administrativa, documentos normalizados, oficios, comunicaciones o cualquier material impreso.
- Cartelería, anuncios, publicaciones o cualquier tipo de expresión impresa independientemente del soporte en el que se realice.
- Inscripción en los Registros correspondientes de los símbolos determinados en el Manual u otros que pudieran surgir, para su protección.
Finalmente, la nueva Normativa establece que los símbolos y logotipos diferentes a los definidos por la misma deberán ser aprobados de acuerdo con ella; así como que hasta tanto se agoten las existencias de material impreso anteriores a la publicación de este Manual seguirán utilizándose.