Títulos Universitarios expedidos por la Universidad de Granada

Títulos

  • Pre-Bolonia:
    • Licenciado/a, Arquitecto/a, Ingeniero/a,
    • Diplomado/a, Arquitecto/a Técnico/a, Ingeniero/a Técnico/a, Maestro/a.
    • Doctor/a
  • Bolonia: Espacio Europeo de Educación Superior (EEES):
    • Graduado/a.
    • Máster Universitario
    • Doctor/a

Solicitud, documentación, certificaciones y retirada del título

  • ¿Cuándo puedo solicitar el título?

    • Cuando haya superado en su totalidad los créditos que componen el plan de estudios.
    • Además, debo haber acreditado ante el centro académico (Facultad o Escuela) o, en el caso de Máster y Doctorado, en la Escuela Internacional de Posgrado (en este último supuesto si el título de posgrado así lo exige) la competencia lingüística correspondiente, salvo que concurra alguna causa excepcional de exención (ver Procedimiento para el reconocimiento de la acreditación de lenguas extranjeras en la Universidad de Granada).
    • Una vez cumplidos los anteriores requisitos, se podrá solicitar la expedición del título universitario oficial. Desde la secretaría del centro académico (Facultad o Escuela) o, en el caso de Máster y Doctorado, en la Escuela Internacional de Posgrado, responsable del título a emitir, se realizarán las comprobaciones pertinentes. La persona interesada recibirá a través de una notificación electrónica las indicaciones para la obtención de la carta de pago correspondiente, salvo en los casos debidamente justificados de exención de precios públicos, y junto con la configuración final del expediente, para los títulos de Grado. Tras proceder a la comprobación de la configuración final del expediente y proceder a su pago, el interesado deberá remitir el justificante del mismo, en formato PDF, a través de la propia plataforma de notificaciones (Hermes).
  • ¿Dónde puedo solicitar el título?
  • ¿Puedo no abonar los derechos de expedición del título y que éste se tramite?
    • NO. La tramitación del expediente conducente a la emisión del título requiere que se hayan abonado los derechos de expedición correspondientes, salvo que concurra causa de exención total (familias numerosas de categoría especial, víctimas de violencia de género, etc.).
  • ¿Qué documento acredita que se está en posesión del título mientras se expide?

    • De forma simultánea al conocimiento por la Secretaría del Centro o de la Escuela Internacional de Posgrado del ingreso efectuado, se emitirá resguardo acreditativo electrónico del abono de los derechos de expedición del Título.
    • La certificación de abono de derechos de expedición del título (comúnmente denominada resguardo), no surte efectos fuera del territorio nacional ni en determinados organismos o entidades nacionales.
    • Recibidos en el Servicio de Títulos los expedientes electrónicos codificados por los Centros Académicos o, en su caso, por la Escuela Internacional de Posgrado, se enviarán al Ministerio correspondiente para la asignación del Número de Registro Nacional (NRN).
    • Una vez que el Ministerio ha asignado Número de Registro Nacional al título y, previa solicitud de la persona interesada, se podrá expedir la certificación supletoria provisional del título (pretítulo AUTOMATIZADO). Se recomienda a las personas interesadas que, antes de solicitar esta certificación, consulten a través de la Oficina Virtual si su expediente de título tiene asignado Número de Registro Nacional, ya que sin este requisito no se puede expedir la certificación supletoria, salvo en los casos en los que sea de aplicación el procedimiento de pretítulo NO automatizado.
    • La CERTIFICACIÓN SUPLETORIA PROVISIONAL DEL TÍTULO OFICIAL que incorpora la firma digital del / de la Rector/a, es el documento que acredita que se está en posesión del título, con carácter provisional, hasta que éste se expida.  Importante: la información detallada sobre los dos procedimientos electrónicos existentes para la solicitud de dicha certificación puede consultarse en el epígrafe “Certificaciones supletorias provisionales del título”.
  • ¿Dónde puedo retirar el título y qué documentación se necesita? 

    • Expedido el título, deberá ser retirado personalmente por la persona interesada, en el Centro donde terminó sus estudios o, en su caso, en la Escuela Internacional de Posgrado (para Títulos de Máster / Doctor o Doctora). Para ello deberá identificarse de forma fehaciente.
    • En el supuesto de no poder hacerlo personalmente, podrá autorizar a otra persona, mediante poder notarial al efecto, para que lo retire en su nombre.
    • Si la persona interesada reside en localidad distinta de aquella donde está ubicado el Centro Universitario donde finalizó sus estudios, podrá solicitar su envío a la Delegación del Gobierno o Subdelegación del Gobierno más cercana a su domicilio de residencia, o bien si tiene su residencia en el extranjero a la Embajada u Oficina Consular más próxima a su localidad. Para ello, deberá solicitarlo a través del procedimiento electrónico Títulos: Solicitud de Envío de Título universitario oficial a una Embajada/Consulado o Subdelegación del Gobierno Importante: se ha de tener en cuenta que el envío del título a la Embajada u Oficina Consular de España no incluye la previa legalización del mismo.

Alerta electrónica para los egresados

Una vez asignado el Número de Registro Nacional (NRN), los egresados con cuenta de correo electrónico de la UGR recibirán una alerta indicando que pueden solicitar, si lo necesitan, la certificación supletoria provisional del título oficial siempre que cumplan los requisitos para la certificación correspondiente al procedimiento automatizado.

Estado de tramitación del título oficial

Para la consulta de estado de tramitación, se debe visitar la página web de la Universidad de Granada. En el apartado "Tramitación de Título" de la «Oficina Virtual» la persona interesada podrá ver en cada momento el estado de tramitación de su título oficial.

Importante: debe entrar con la cuenta de correo electrónico que tuviera asignada por la UGR en su momento. Si ha olvidado su contraseña podrá ponerse en contacto con la Secretaría del Centro o de la Escuela Internacional de Posgrado, en su caso.

Expedición de duplicados

Cualquier alteración o posibles modificaciones que afecten al contenido de un título (cambio de nacionalidad, apellidos, errores materiales o de hecho, etc.) exigirán la anulación del título original y la expedición de un duplicado. La persona interesada deberá presentar la correspondiente solicitud a través de la Sede electrónica de la Universidad de Granada --> Gestión Académica, Títulos: Solicitud de duplicado de Título universitario oficial

El importe de los precios públicos por expedición del duplicado (según lo dispuesto por la Junta de Andalucía para el correspondiente curso académico) correrá a cargo de la persona interesada cuando le sea imputable la causa que originó la modificación del contenido del mismo.

  • Documentación a presentar por la persona interesada:

    1. Formulario de solicitud, disponible en el procedimiento electrónico.

    2. Título original.

    3. Certificación del Registro Civil: para los supuestos de cambio de apellidos y/o nombre, sexo o nacionalidad.
    4. Copia en vigor del DNI o, en su caso, de Pasaporte, si el motivo del duplicado trae causa en un cambio de los datos identificativos incorporados en la copia presentada en el momento de la solicitud.

Extravío o sustracción del título

  • Trámites iniciales

    • En caso de extravío o sustracción, en primer lugar, será requisito previo e indispensable la publicación en el Boletín Oficial del Estado de un anuncio, a través de Página web del BOE (anuncios),  mediante el cual se haga constar la citada incidencia con el objeto de propiciar, en su caso, las oportunas reclamaciones.
    • La publicación del anuncio podrá llevarse a cabo por alguno de los siguientes medios:

      • Por la propia persona interesada: Para ello, se recomienda leer atentamente las indicaciones incluidas en el siguiente enlace.

        • Debe recordar que no puede firmar el anuncio. Una vez elaborado lo remite al centro académico correspondiente o, en su caso, a la Escuela Internacional de Posgrado. En la firma del anuncio debe figurar un cargo administrativo de la Universidad.

      • Contactando con la Secretaría del Centro correspondiente, o con la Secretaría de la Escuela Internacional de Posgrado (para estudios de Máster Universitario y Doctor/a), donde le informarán detalladamente de los pasos a seguir. 

  • Publicación

    • En el BOE, en la pestaña “Consulta estado de mi anuncio”, podrá informarse sobre el estado de tramitación.

  • Trámite posterior a la publicación

    • Transcurrido el plazo reglamentario de treinta días hábiles desde la publicación del anuncio, sin que se hayan producido reclamaciones, la persona interesada podrá solicitar en la secretaría del centro donde finalizó sus estudios, o, en su caso, en la Escuela Internacional de Posgrado (para títulos de Máster Universitario y Doctor/a) la expedición de duplicado del título a través del correspondiente procedimiento electrónico, acompañando copia de la  publicación del anuncio del extravío, robo, destrucción total o parcial del título en el BOE.

    • En caso necesario, hasta que se expida el duplicado, podrá solicitar la certificación supletoria provisional del título oficial a través del correspondiente  procedimiento electrónico (pretítulo NO automatizado). Para poder emitir la certificación deberá, al menos, haberse abonado los derechos de abono de publicación del anuncio en BOE, aportando copia del justificante de ingreso.
    • IMPORTANTEsi la destrucción parcial permitiera la identificación del título mediante alguno de los códigos que incluye se tramitaría como cualquier otro duplicado sin necesidad de la citada publicación en BOE.

Fallecimiento de la persona poseedora del título

El pariente más próximo que quiera retirar el título depositado en el Centro o Escuela Internacional de Posgrado, según sea el caso, deberá proceder como sigue:

Cumplimentará el procedimiento electrónico de solicitud genérica, adjuntando copia de la certificación de defunción expedida por el Registro Civil, así como copia de libro de familia o documento equivalente que acredite el parentesco con el finado y declaración responsable de que no hay cualquier otro pariente o familiar próximo que pretenda estar en posesión del título en cuestión.

Si se cumplen los requisitos exigidos, se dictará por el rector o la rectora una resolución de autorización de retirada.

Una vez concluidos los trámites legales para la inclusión de la diligencia de fallecimiento en el reverso del título se remitirá al Centro o Escuela Internacional de Posgrado, según sea el caso, para que posteriormente pueda ser retirado por cualquiera de los medios legalmente prescritos por la persona solicitante.